EPÍGRAFES DE LA LOE
Preámbulo
TÍTULO PRELIMINAR (artículo 1-11)
Capítulo I: Principios y fines de la educación.
Capítulo II: La organización de las enseñanzas y el aprendizaje a lo largo de la vida.
Capítulo III: Currículum
Capítulo IV: Cooperación entre administraciones educativas.
TÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN (Articulo 12-70)
Capítulo I: Educación Infantil.
La educación infantil constituye la etapa educativa que atiende a los niños desde el nacimiento hasta los seis años de edad. Esta etapa, se ordena en dos ciclos: el primero, comprende hasta los seis años; y el segundo, de los tres a los seis años de edad.
Tiene como finalidad contribuir al desarrollo físico, afectivo, social e intelectual de los niños, utilizando como métodos de trabajo las experiencias, las actividades y el juego. Además, esta etapa educativa es de carácter voluntario.
Los objetivos de la educación infantil son: desarrollar sus capacidades afectivas; conocer su propio cuerpo, explorar su entorno familiar, social, y y natural; adquirir progresivamente autonomía en sus actividades habituales; relacionarse con los demás; desarrollar habilidades comunicativas; e iniciarse en las actividades lógico-matemáticas, en la lecto-lectura, y en el movimiento, gesto y el ritmo.
Las Administraciones públicas, llevarán a cabo un aumento progresivo de la oferta de plazas públicas en el primer ciclo.
El segundo ciclo de la educación infantil será gratuito, a fín de atender las demandas de las familias.
Capítulo II: Educación primaria.
La educación primaria, comprende seis cursos académicos, y abarca desde los seis hasta los doce años de edad.
Su finalidad es proporcionar a los niños una educación que les permita afianzar su desarrollo personal, y su propio bienestar; adquirir las habilidades culturales en cuanto a la expresión y comprensión oral, a la lectura, la escritura y el cálculo, además de desarrollar los hábitos de trabajo y estudio, la creatividad y la afectividad.
Esta etapa constituye tres ciclos, de dos años académicos cada uno, y se organiza en áreas de carácter global.
Las áreas de esta etapa educativa son:
- Conocimiento del medio natural, social y cultural.
- Educación artística.
- Educación física.
- Lengua castellana y literatura.
- Lengua extranjera.
- Matemáticas.
En esta etapa, se prestará especial atención a la diversidad individualizada de los alumnos, y a la puesta en práctica de mecanismos de refuerzo, para prevenir las dificultades de aprendizaje.
Otro punto que introduce la LOE es la evaluación de diagnóstico. Se realizará al terminar el 2º ciclo, y en ella se evalúan las competencias básicas realizadas por sus alumnos.
Capítulo III: Educación Secundaria obligatoria.
Capítulo IV: Bachillerato.
Capítulo V: Formación profesional.
Capítulo VI: Enseñanza artística.
Capítulo VII: Enseñanzas de idiomas.
Capítulo VIII: Enseñanzas deportivas.
Capítulo IX: Educación de personas adultas.
TÍTULO II: EQUIDAD EN LA EDUCACIÓN. (Artículo 71-90).
Capítulo I: Alumnado con necesidad específica de apoyo educativo.
Capítulo II: Compensación de las desigualdades en educación.
Capítulo III: Escolarización en centros públicos y privados concertados.
Capítulo IV: Premios, concursos y reconocimientos.
TÍTULO III: PROFESORADO (Artículo 91-106).
Capítulo I: Funciones del profesorado.
Capítulo II: Profesorado de las distintas enseñanzas.
Capítulo III: Formación del profesorado.
Capítulo IV: Reconocimiento, apoyo y valoración del profesorado.
TÍTULO IV: CENTROS DOCENTES. (Artículo 107-117).
Capítulo I: Principios generales.
Capítulo II: Centros públicos.
Capítulo III: Centros privados.
Capítulo IV: Centros privados concertados.
TÍTULO V: PARTICIPACIÓN, AUTONOMÍA Y GOBIERNO DE LOS CENTROS.
(Artículos del 118 al 139)
Capítulo I: Participación en el funcionamiento y el gobierno de los centros.
Capítulo II: Autonomía de los centros.
Capítulo III: Órganos colegiados de gobierno y de coordinación docente de los centros públicos.
Capítulo IV: Dirección de los centros públicos.
TÍTULO VI: EVALUACIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO. (Artículo 140-147)
TÍTULO VII: INSPECCIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO. (Artículo 148-154).
Capítulo I: Alta inspección.
Capítulo II: Inspección educativa.
TÍTULO VIII: RECURSOS ECONÓMICOS. (Artículo155-157).
DISPOSICIONES ADICIONALES
DISPOSICIONES TRANSITORIAS.
CLÁUSULA DEROGATORIA.
DISPOSICIONES FINALES.
ARTÍCULOS A FAVOR Y EN CONTRA DE LA LOE
A FAVOR:
http://www.stes.es/prensa/060518_desarrollo_LOE.html
EN CONTRA:
http://www.elmundo.es/elmundo/2005/11/29/espana/1133262737.html
Reflexión:
Los cambios producidos en la LOE siguen sin satisfacer totalmente a las federaciones Religiosas de Enseñanza, ya que consideran que se han realizado una serie de parches y se ha mantenido la base pedagógica de la LOGSE. Critica la ambiguedad que a su juicio tiene esta ley.
También critican que no se aclare el carácter jurídico de la asignatura de religión, y piensan que se sigue sin respetar el derecho de los padres a elegir el tipo de educación de sus hijos.
Además, afirman que se sigue sin respetar también el derecho a la elección de centro.
Por todo lo mencionado anteriormente, piensan que solamente se ha rectificado a medias y poniendole parches a dicha ley.
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